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Poder por escritura pública

El Poder por escritura pública es un acto mediante el cual una persona natural otorga voluntariamente a otra, facultades para que actúe en su nombre y representación. Se pueden otorgar facultades de disposición (compraventa de inmuebles o vehículos), financieras o bancarias, e incluso procesales.

Requisitos generales:

  • Manifestación de facultades que desea otorgar para la elaboración del poder. De contar con minuta, adjuntar (opcional).
  • En caso de personas jurídicas, adjuntar vigencia de poder del representante legal, menor a 3 meses de antigüedad donde debe constar la facultad de delegar o nombrar apoderados, adicionalmente de las facultades a otorgar.
  • Proporcionar datos de identificación del apoderado o su documento de identificación.
  • Si el poder que se otorga es para vender o comprar (disponer) de un bien especifico, deberá acreditar la titularidad mediante copia literal emitida por SUNARP en caso de inmuebles, y boleta informativa o tarjeta de propiedad en caso de vehículos.

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