Designación de apoyo a futuro
Toda persona mayor de 18 años de edad puede designar ante Notario el o los apoyos necesarios en previsión de requerir en el futuro asistencia para el ejercicio de su capacidad jurídica. Asimismo, la persona puede disponer enb qué personas o instituciones no debve recaer tal designación, así como la forma, alcance, duración y directrices del apoyo a recibir, se debe constar el momento o las circunstancias en que su designación de apoyos a futuro surte eficiacia.
Requisitos generales:
- Minuta debidamente firmado por el solicitante y el (los) Apoyo(s)a futuro bajo declaración jurada de las condiciones o circunstancias que deben darse para que el (los) designado (s) como Apoyo (s) pueda(n) actuar y la aceptación de (los) Apoyo (s) a futuro de acreditar debidamente tal circunstancia o condición de aceptacióncon los requisitos establecidos en el Decreto Legislativo N°016-2019-MIMP, precisándose entre otros aspectos.
- Original y copia DNI del solicitante de la designación Apoyo a Futuroy copia DNI de la(s) personas (s)de ser designada (s), como Apoyo (s)futuro.
- Ruc de la Persona Jurídica no lucrativa a ser designada como Apoyo a futuro (de ser el caso)
- Vigencia de poder del represéntate de la Persona Jurídica no lucrativa a ser designada como Apoyo a Futuro.(según caso)
- Declaración Jurada de la persona (s) designada como Apoyo (s) a futuro respetando la trayectoria de vida previa manifestaciones de voluntad en contextos similares la información de personas de confianza de la persona asistida y cualquier otra consideración para el caso concreto y preferencias de la persona sobre quien cae su designación.
- Declaración de la persona que solicita el apoyo a futuro de conocer las condiciones o circunstancia que deben darse para el o los designados como apoyos puedan actuar y la aceptación del (los) apoyos a futuros de acreditar debidamente tal circunstancia o condición, de conformidad con la normas.
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