Compra venta

Es el contrato mediante el cual el vendedor, manifiesta su voluntad en transferir la propiedad de un bien y el comprador su voluntad de adquirirlo a cambio del pago del precio pactado.
Requisitos generales:
- Minuta firmada por los otorgantes y autorizada por abogado.
- Certificado Literal de la partida registral del inmueble.
- Los apoderados deberán presentar certificado literal de las partidas que acrediten la representación.
- Copia DNI de los otorgantes.
- Hojas PU y HR del autovalúo.
- Recibo de pago del Impuesto Predial correspondiente al año en el que se realiza la transferencia, o constancia de no adeudo.
- Comprobante de pago del Impuesto de Alcabala. Comprador.
- Comprobante de pago del Impuesto a la Renta. Vendedor.
- Medio de pago bancarizado.
Otros Detalles a Considerar:
- Se podrá solicitar documentación adicional para una mejor calificación.
- En caso de presentarse problemas con la identificación del otorgante a través del Aplicativo Biométrico de Verificación de Identidad, los otorgantes o intervinientes deberán efectuar el trámite de actualización de sus huellas ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil —RENIEC; suspendiendo el otorgamiento del instrumento notarial.
- En el caso de que el otorgante sea analfabeto, no sepa o no pueda firmar, sin perjuicio de que imprima su huella digital, se requerira la intervención de un testigo a ruego, a esta persona no le alcanza el impedimento de parentesco que señala esta Ley para el caso de intervención de testigos.
- Cuando alguno de los interesados no conozca el idioma usado en la extensión del instrumento, el notario exige la intervención de intérprete, nombrado por la parte que ignora el idioma, el que hace la traducción simultánea, declarando bajo su responsabilidad en el instrumento público la conformidad de la traducción. El notario a solicitud expresa y escrita del otorgante, inserta el texto en el idioma del interesado o adherirlo, en copia legalizada notarialmente, al instrumento original, haciendo mención de este hecho.
- Ciudadanos extranjeros que se identifican con Pasaporte deben gestionar la autorización para contratar en Migraciones.
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